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Por: Manuel J. Sarmiento Acosta
El régimen jurídico del suelo no urbanizable en el Estado Autonómico. Características y tendencias.
18,00 €La regulación del suelo no urbanizable no debe depender única y exclusivamente de las decisiones municipales, por legítimas e importantes que sean, sino que tiene que enmarcarse en un contexto más amplio en el cual los intereses supramunicipales, la ordenación del territorio y las decisiones estratégicas globales ocupen asimismo un lugar, que es el que el mismo ordenamiento constitucional les confiere. Es necesario lograr un equilibrio entre autonomía local, ordenación del territorio, protección del medio ambiente y desarrollo económico sostenible.
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Por: RAMON REY GARCIA
La Obra Arquitectónica y el Derecho de Autor
22,00 €El libro, que cuenta con un prólogo del Premio Nacional de Arquitectura Manuel Gallego Jorreto, es la primera publicación en España que trata de manera concreta este tema ciñéndose a la legislación española y a los estudios académicos previos. Supone el inicio de un estudio sobre el que deberán trabajar de manera conjunta abogados especialistas en derechos de autor y el conjunto de la arquitectura.
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Por: Manuel J. Sarmiento Acosta
En los límites del Estado de Derecho: Un análisis de la Justicia Administrativa
20,00 €Ciertamente los órganos de lo contencioso-administrativo españoles no han seguido fielmente la estela de los franceses, por poner un ejemplo señero, sino que se han mostrado demasiado timoratos cuando no comprensivos y complacientes con los excesos de la Administración Pública española hasta fechas todavía muy cercanas, cuando la Constitución Española de 1978 ya desplegaba todos sus efectos . Ha habido un retraso histórico en la aplicación de muchas técnicas y medios de control, y ha tenido que ser el legislador en muchos casos el que estableciera una situación más justa para el ejercicio de los derechos liberales.
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Por: Margarita Fuenteseca
Pignus e Hypotheca en su evolución histórica
20,00 €Durante el transcurso de más de veinte siglos de evolución histórica, la reconstrucción de los conceptos del pignus y de la hypotheca se ha ido complicando cada vez más, sobre todo a partir de que el siglo XIX las leyes hipotecarias españolas definieron la hipoteca como el derecho real de garantía constituido exclusivamente sobre los bienes inmuebles, concepto que luego fue recogido en el Código civil español.